El Gobierno acaba de reglamentar otra opción que permitirá por primera vez a los colombianos acceder a subsidio para tener un techo propio de una forma distinta al crédito tradicional.
Con el Decreto 0391, del 16 de febrero pasado, se reglamentó el uso del subsidio en contratos de leasing habitacional destinados a comprar vivienda de interés social, VIS, es decir, que no supere los 135 salarios mínimos mensuales ($76,5 millones).
Esta figura fue planteada en el Plan Nacional de Desarrollo (Ley 1450 de 2011) y la llamada Nueva Ley de Vivienda (Ley 1469 de 2011), como mecanismo alternativo para facilitar el acceso a un techo propio a las familias de más bajos ingresos económicos.
“Si una familia de bajos recursos tiene un subsidio de $16 millones y quiere adquirir una vivienda de interés prioritario, VIP, de 38 millones de pesos, en el contrato de leasing habitacional tendrá una cuota de arrendamiento (canon) por unos $192.000, algo razonable y acorde a sus ingresos”, fue el ejemplo que destacó la ministra de Vivienda, Beatriz Uribe Botero.
En palabras sencillas, un leasing habitacional es un contrato en que una entidad autorizada por la Superintendencia Financiera compra una vivienda y la entrega a un usuario (locatario), a cambio de un pago mensual (canon) por un plazo convenido, durante el cual el locatario decidirá si adquiere la vivienda o la devuelve a esa entidad.
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